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Facua denuncia a Google por el fallo que filtra conversaciones a terceros en Gtalk y Hangouts

Facua-Consumidores en Acci?n ha denunciado a Google ante la Agencia Espa?ola de Protecci?n de Datos (AEPD).El motivo de la denuncia es un fallo de seguridad en Google Talk, Google Hangout y el chat de Google Gmail.Este fallo est? provocando que se filtren a terceros conversaciones privadas de los usuarios y a?n no est? solucionado del todo.

Facua-Consumidores en Acci?n ha denunciado a Google ante la Agencia Espa?ola de Protecci?n de Datos (AEPD) por un fallo de seguridad en Google Talk, Google Hangout y el chat de Google Gmail que est? provocando que se filtren a terceros conversaciones privadas de los usuarios, seg?n ha se?alado la asociaci?n.

El pasado jueves la propia compa??a reonoc?a estar investigando "informes que indican un problema con Google Talk". Al final de la tarde del mismo d?a, la empresa anunciaba que el servicio se hab?a restaurado "para algunos usuarios" y que esperaban "solucionar el problema para todos los dem?s en breve".

Facua advierte de que al momento de publicar este comunicado, Google todav?a no hab?a confirmado la restauraci?n del servicio por completo.

La ley de Protecci?n de datos estipula que el responsable del fichero deber? garantizar la seguridad de los datos de car?cter personal Numerosos usuarios han manifestado a trav?s de las redes sociales su preocupaci?n por una "grave incidencia" que ha podido desvelar informaci?n confidencial a m?ltiples destinatarios del servicio que se han encontrado con mensajes ajenos de forma involuntaria.

La asociaci?n ha pedido a la AEPD que realice los controles e inspecciones oportunos para verificar si Google ha incumplido la normativa, obligue a la empresa a corregir esta grave vulneraci?n y le aplique las sanciones correspondientes.

En su denuncia, Facua argumenta que Google puede haber vulnerado el "principio de seguridad de los datos", regulado en el art?culo 9 de la Ley Org?nica 15/1999, de 13 de diciembre, de Protecci?n de Datos de Car?cter Personal, por no contar con las suficientes medidas de seguridad en su red.

La norma establece en este art?culo que "el responsable del fichero, y, en su caso, el encargado del tratamiento, deber?n adoptar las medidas de ?ndole t?cnica y organizativas necesarias que garanticen la seguridad de los datos de car?cter personal y eviten su alteraci?n, p?rdida, tratamiento o acceso no autorizado, habida cuenta del estado de la tecnolog?a, la naturaleza de los datos almacenados y los riesgos a que est?n expuestos".


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